2.1. Definiciones
Uno de los caminos más importantes para la descolonización de los museos son los regresos de restos humanos y cultura material que reposan en estos y que han sido reclamados por las comunidades de donde proceden. Estos regresos buscan justicia y reparación por expolios y desposesiones mediante argumentos históricos, políticos y éticos. En primer lugar, partimos de unas definiciones, recogidas por la antropóloga y arqueóloga argentina María Luz Endere (2000), que nos permiten aclarar los conceptos de restitución y repatriación que atraviesan los distintos casos que se discutirán:
- Restitución: acto de devolver bienes culturales y restos humanos que fueron apropiados ilícitamente. Esto incluye robos, saqueos y otras formas de desposesión que permitieron obtener y relocalizar estos bienes y restos. Actualmente, este concepto se enmarca en las contravenciones de las Convenciones de Tráfico Ilícito vigentes de 1954 y 1970.
- Repatriación: mecanismo de retorno de bienes culturales y restos humanos que salieron del contexto de procedencia dentro de la legalidad, pero que son reclamados por una apelación ética. Esta definición se asocia principalmente con las negociaciones que se realizan entre Estados mediante instrumentos legales internacionales y nacionales.
En estas definiciones vemos que el énfasis en lo ilícito es un factor determinante en la legitimidad de las reclamaciones de restitución, con implicaciones tanto legales como morales. Por otra parte, múltiples casos de repatriación se enfrentan a documentos históricos que prueban una tenencia legítima de los objetos y restos, pero que, sin embargo, son discutibles desde la perspectiva de los derechos humanos y, en particular, de los derechos de las poblaciones indígenas.